En su mensaje al Congreso, el Presidente Mario Abdo Benítez confirmó su decisión de ir con la «reforma tributaria»… pero pateó hacia adelante lo de la mejora del gasto público.
En su mensaje anual al Congreso, dijo el Presidente Abdo Benítez:
“Hemos presentado al Congreso Nacional un proyecto de ley de modernización y simplificación del sistema tributario, que nos permitirá medir con mayor exactitud la capacidad contributiva de los distintos sectores de la sociedad, mediante un sistema sencillo y eficiente que hará posible que quienes ganen más, paguen más, y que los recursos obtenidos sean destinados a salud, educación e infraestructura”.
Observación: Todos los sectores de la producción, la industria y el comercio han advertido que la «reforma tributaria» es un aumento de impuestos con otro nombre y que sus efectos serán altamente recesivos en momentos en que la economía nacional enfrenta serios problemas.
Dijo el Presidente Abdo Benítez:
“Hay una demanda de nuestra población para disminuir y mejorar la calidad del gasto público y a eso estamos apuntando mediante la creación de la comisión Interinstitucional público – privada que ya está trabajando en propuestas y medidas a corto, mediano y largo plazo para hacer nuestro gasto más austero y eficiente”.
Observación: Ya se sabe que la mejor manera de no resolver un problema es creando una comisión. El Poder Ejecutivo tiene herramientas propias suficientes para acabar con el derroche de fondos públicos, sobre todo, legiones de familiares de políticos empleados en el Estado.
- Ley 1.626 de la Función Pública que entre otras cosas determina: «Artículo 15°– El sistema de selección para el ingreso y promoción en la función pública será el de concurso público de oposición.Se entenderá por concurso público de oposición, el conjunto de procedimientos técnicos, que se basará en un sistema de ponderación y evaluación de informes, certificados, antecedentes, cursos de capacitación y exámenes, destinados a medir los conocimientos, experiencias e idoneidad del candidato, expresándolos en valores cuantificables y comparables, conforme al reglamento general que será preparado por la Secretaría de la Función Pública y aprobado por decreto del Poder Ejecutivo«.
- Ley 5.295 que prohibe el nepotismo en la función pública: «Artículo 1.°- A los efectos de la presente ley, se entenderá por nepotismo, cuando una persona, facultada para nombrar o contratar en cargos públicos, realiza uno de esos actos a favor de su cónyuge, concubino o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, en violación a las normas que regulan el acceso a la función pública».
- Secretaría de la Función Pública: Ley 1.626 que crea la SFP. Artículo 96°- «Serán atribuciones de la Secretaría de la Función Pública: a) formular la política de recursos humanos del sector público, tomando en consideración los requerimientos de un mejor servicio, así como de una gestión eficiente y transparente«…
El Poder Ejecutivo no necesita ninguna comisión para dejar de derrochar recursos públicos en funcionarios inncesarios, verdaderas cuotas mafiosas de políticos que toman por asalto las arcas del Estado. Le bastaría con aplicar las leyes citadas más arriba y hacer funcionar las instituciones que crean.