En adelante, los gastos administrativos no podrán superar el 4% del total de la cooperación, subvención o donación recibida
ASUNCION, 26-01-2024 – (Chaco 4.0A) – “La coordinación de los proyectos y programas de cooperación estará a cargo exclusivamente de los ministerios de Economía y Finanzas y de Relaciones Exteriores”.
Con esta medida anunciada por los ministros Carlos Fernández Valdovinos y Rubén Ramírez Lezcano parece arrancar el desmontaje de una tupida red de enlaces que, desde los mandos medios de la Administración Pública, se ha tendido en forma directa con organismos de cooperación internacional.
Para poner en marcha la nueva metodología los dos ministros se reunieron con representantes de distintos organismos de cooperación a fin de comunicar que los nuevos mecanismos establecidos por el gobierno buscan asegurar la transparencia de la administración de los recursos públicos y los de cooperación externa.
También se comunicó el establecimiento de un máximo del 4% para los gastos administrativos de todos los proyectos y programas de cooperación llevados adelante.
En este punto. cabe destacar que bajo el rubro de “gastos administrativos” se está yendo la mayor parte de la propia cooperación en forma de de asesorías, consultorías y auxiliares en su mayor parte tan inútiles como innecesarios y que no hacen diferencia en cuanto a la calidad del programa de cooperación de que se trate.
El resultado es que verdaderas legiones de contratados y nombrados para estos programas terminan quedándose para siempre en las planillas presupuestarias.
PRIMERO AL CONGRESO – En el decreto reglamentario del presupuesto general de la nación año 2024 se recuerda que todos los acuerdos celebrados por el Poder Ejecutivo con gobiernos extranjeros, organismos y entidades internacionales que impliquen transferencias de recursos financieros no reembolsables deberán ser aprobados por ley del Congreso. Los organismos y entidades del Estado deberán comunicar al Ministerio de Economía y Finanzas el inicio de las gestiones correspondientes a los acuerdos de cooperación financiera no reembolsable y de donaciones financieras. Las comunicaciones presentadas serán derivadas a la dirección general de política de endeudamiento. Además antes de formalizar cualquier acuerdo con organismos y gobiernos extranjeros los organismos y entidades del estado deberán contar con un informe técnico favorable emitido por el Ministerio de economía y finanzas.