El documento fue ratificado en setiembre de este año en la ONU y ahora el PE busca refrendarlo por ley del Congreso.
El proyecto en cuestión se caratula “Acuerdo Regional sobre el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe”, también conocido como el Acuerdo de Escazú, Costa Rica. El documento está en este momento a consideración de la Cámara de Senadores en donde luego del séptimo trámite interno, tiene dictamen de comisión y puede ser tratado próximamente en el plenario de la cámara.
Los gremios agrupados en la UGP afirman que han tomado conocimiento oficial del proyecto a través de una invitación del presidente de la Comisión de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo a participar de una audiencia pública a realizarse este martes 3 de diciembre.
La UGP pide el retiro de este proyecto de ley y sugiere al Gobierno “que futuros convenios sean analizados con una visión y abordaje multiinstitucional, considerando los aspectos no sólo ambientales, sino el impacto en los aspectos económicos y comerciales, ya que la sostenibilidad se basa en tres pilares: lo ambiental, lo social y lo económico”.
IMPACTO EN LO COMERCIAL – Los gremios sostienen que el Acuerdo incorpora el principio precautorio, que al igual que en otros acuerdos similares –como el de Cartagena- puede tornarse en una barrera para-arancelaria al no requerir su aplicación una base científica justificada.
Eso pondría el riesgo, sostienen los gremios, exportaciones agropecuarias por US$ 6.000 millones.
Además, al reconocer organizaciones que promueven el medio ambiente (ONGs) darían pie a grupos radicalizados que podrían bloquear el uso de nuevas tecnologías de producción o incluso las inversiones en infraestructura de países, basados en el principio precautorio alegando que va en detrimento del ambiente, sin necesidad de pruebas científicas que avalen esa posición. El caso Botánico es el ejemplo más reciente.
Tal como está redactado el Acuerdo da plena potestad a la CEPAL para deliberar y aprobar reglas de procedimientos que incluyen las modalidades para la participación significativa del público.
El Acuerdo puede colisionar con otros acuerdos internacionales y reglamentos ya aprobados en el marco del Mercosur, la OMC, CODEX, Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, etc.
EN LO AMBIENTAL – La UGP recuerda que el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible ha conformado una mesa de trabajo pública en la que se está trabajando en forma activa en la construcción de un Código Ambiental que tiene como objetivo el ordenamiento y sistematización armónica y articulada de las leyes ambientales vigentes y futuras normativas. Es decir, nuestra estrategia de gestión ambiental no está aún preparada para enfrentar un acuerdo único jurídicamente vinculante a nivel Regional.
Además, sostienen los gremios, el Acuerdo vincula temas ambientales con temas de derechos humanos garantizando que grupos que promueven y defienden derechos humanos puedan incidir en asuntos ambientales.
Por otra parte, los productores remarcan que las leyes nacionales contemplan la reparación o sustitución de un daño al ambiente. Con este acuerdo estaríamos sujetos a leyes internacionales perdiendo soberanía nacional e incluso nos dejaría expuestos a sanciones económicas internacionales.
EN LO JURÍDICO — En este capítulo, la UGP señala que este es un “único acuerdo jurídicamente vinculante” derivado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Rio+20), Principio 10. Vinculante, especifican los gremios, significa que viola el principio del derecho internacional “de la igualdad de derechos y la libre determinación de los pueblos, de la igualdad soberana y la independencia de todos los estados, de la no injerencia en los asuntos internos de los estados”.
La UGP pone el foco sobre el marco legal denominado “Ley 5189/14 que establece la obligatoriedad de la provisión de informaciones en el uso de los recursos públicos sobre remuneraciones y otras retribuciones asignadas al servidor público de la República del Paraguay”, lo cual asegura, en esta materia de información pública, la igualdad de derechos y asegurando la libre determinación de los pueblos, de la igualdad soberana y la independencia de todos los estados, como en este caso para nuestro país.
La UGP agrega, como un factor importante, el hecho de que dicha ley se convierte en un instrumento poderoso para prevenir conflictos, lograr que las decisiones se adopten de manera informada, participativa e inclusiva y mejorar la rendición de cuentas, la transparencia y la buena gobernanza en el Paraguay.
Como reflexión final, los gremios advierten que el Acuerdo es jurídicamente vinculante y no permite reservas por lo que se estaría sujeto a decisiones externas su poder poner reparos. Y finaliza diciendo que el acuerdo “garantiza el derecho a acceder a la justicia en caso de acción u omisión relacionada con la participación pública en procesos de tomas de decisiones ambientales, con lo que, nuevamente, cualquier grupo puede accionar contra el Estado por encima de las decisiones tomadas con base científica por las instituciones competentes”.