Ambos apuntan a poner límites a la posesión de tierras pero con excepciones muy opuestas.
Después de 16 años de reiterados intentos de legislar en la materia, quedan en el Congreso dos proyectos que apuntan en una misma dirección.
PROYECTO MASI-SANTACRUZ – Entró en junio de este año. Sus principales partes dispositivas son las siguientes:
Las restricciones regirían para
Sujeto A — Personas físicas que no posean la nacionalidad natural paraguaya, tengan o no domicilio real en territorio paraguayo.
Sujeto B — Personas jurídicas constituidas en cualquiera de sus modalidades conforme al Código Civil cuyo capital social, superior al cincuenta por ciento (50%), corresponda a personas físicas o jurídicas de nacionalidad extranjera.
Límites — Las tierras rurales adquiridas por personas físicas o jurídicas no podrán superar las 1.000 ha. en la Región Oriental y 2.000 ha. en la Región Occidental, cualquiera sea su lugar de ubicación, es decir, conjunta o separadamente, en cualquier lugar dentro del territorio nacional.
Escribanos y Notarios — También prevé fuertes sanciones para los escribanos y notarios públicos que inscriban propiedades a nombre de extranjeros sin tener una autorización previa del Poder Ejecutivo. Violar esta disposición los expone a la cancelación de su licencia y afrontar posibles responsabilidades civiles.
En tratamiento a nivel de comisiones.
PROYECTO DUARTE JIMENEZ – Se rotula ley de protección al dominio nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de las tierras rurales, presentado por el diputado Ramón Duarte Jiménez.
Respecto a la extensión de propiedades en poder de extranjeros, busca limitar a 1.000 hectáreas (sin especificar región) las tierras rurales en poder de un mismo titular, con las siguientes excepciones:
- Aquellos que cuenten con 10 años de residencia continua, permanente y comprobada en el país,
- Que tengan hijos paraguayos y demuestren una residencia permanente continua y comprobada de 5 años.
- O aquellos que se encuentren unidos en matrimonio con ciudadano/a paraguayo/a con 5 años de anterioridad a la constitución o transmisión de los derechos pertinentes, demostrando residencia continua, etc.
El proyectista concluyó en 2018 su periodo como diputado pero el proyecto sigue en comisión.
OTRAS INICIATIVAS – Iniciativas de esta naturaleza ha habido muchas en las últimos tres lustros.
En 2007, el diputado liberal Blas Vera presentó un proyecto de ley dirigido a restringir el acceso a tierra rural por parte de extranjeros.
El propio proyectista retiró su propuesta dos años después.
En 2012, los senadores Ana María Mendoza de Acha y Miguel Carrizosa intentaron establecer una directa prohibición a extranjeros -oriundos de cualquiera de los países limítrofes- de ser propietarios, condóminos o usufructuarios de inmuebles rurales, salvo autorización por decreto del Poder Ejecutivo “fundada en razones de interés público o que tengan radicación permanente en la República”.
El proyecto fue rechazado y archivado.
En 2013, el diputado Sebastián Acha elaboró un proyecto que iba a servir de modelo para las siguientes presentaciones. En él se buscaba establecer una franja de seguridad fronteriza de 50 kilómetros dentro la la cual no podían ser propietarios, condóminos o usufructuarios de inmuebles rurales los extranjeros oriundos de cualquiera de los países limítrofes de la República o las personas jurídicas integradas mayoritariamente en su capital o aportes por extranjeros. Las excepciones eran las siguientes:
Extranjeros con derechos adquiridos debidamente comprobados antes de la vigencia de esta Ley.
O con derechos sucesorios siendo oriundos de los países limítrofes, cuando los mismos versen sobre inmuebles incursos en la mencionada zona.
El proyecto fue rechazado y archivado
En 2016 el senador Pedro Santacruz presentó un proyecto de redacción bastante similar a la que tres años más tarde patrocinaría con la senadora Desirée Masi.
El documento fue retirado por el proponente.